Es el planteo de Estefanía Domínguez, invitada y amiga de la primera dama que a través de su abogado Mauricio D´Alessandro había presentado el escrito. Tras el rechazo fiscal ahora quien define es el juez Sebastián Casanello.
El planteo tiende a dar marcha atrás en la causa pues Domínguez sostiene que al ser inconstitucional el decreto 260 del presidente Alberto Fernández, imputado en el caso, no había impedimento de reunión como sucedió ese 14 de julio del 2020 cuando se festejó en Olivos el cumpleaños de la primera dama.
Los delitos que se investigan
El fiscal Ramiro González y el juez Casanello investigan si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 248 del Código Penal. El 205 establece una prisión de seis meses a dos años para quien violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
El 248, por su parte, reprime con hasta dos años al funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
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