El máximo tribunal aún no fijó una fórmula definitiva para calcular intereses laborales, aunque ya frenó métodos arbitrarios que generaron aumentos desproporcionados. La resolución afectará miles de casos.
La Corte Suprema de la Nación aún no ha establecido un criterio definitivo para calcular la actualización de indemnizaciones laborales, como los intereses sobre montos correspondientes a despidos o accidentes laborales. Aunque ha señalado qué métodos no son constitucionales, falta una regla clara y uniforme para todos los tribunales.
Tres precedentes que delimitaron lo que no se puede hacer
Caso “Oliva” (29 de febrero de 2024): la Corte anuló una indemnización que pasó de $2 millones (capital original) a más de $165 millones aplicando capitalización anual de intereses compuestos, un aumento del 7.745 %, considerado desproporcionado y fuera del Código Civil y Comercial
Caso “Fontaine” (16 de mayo de 2024): similar criterio aplicado a un juicio por accidente laboral. Un capital inicial de más de medio millón terminó siendo casi $10 millones (incremento del 1.755 %). La Corte lo calificó también como excesivo y rechazó la fórmula aplicada por la Cámara Laboral
Caso “Lacuadra” (13 de agosto de 2024): otro fallo donde la condena trepó de $687.735 a más de $137 millones (aumento del 19.822 %) con un método que combinaba CER y 6 % de interés anual con capitalización única. La Corte lo declaró igualmente arbitrario y fuera del marco legal vigente
Si bien los tres fallos anteriores establecen un límite claro —que no se pueden aplicar intereses compuestos periódicos, ni índices como el CER como base principal de actualización—, aún no hay una fórmula uniforme. La Corte solo ha sancionado lo abusivo; no ha dicho cómo actualizar de forma razonable
Ante la falta de un criterio único, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo emitió la Resolución 2788/2024, que dejó sin efecto las actas anteriores y otorgó libertad a cada sala para fijar su propio método
Algunas salas adoptan el IPC más una tasa del 3‑6 % anual, otras el RIPTE +3 %, y otras aún el CER, pese a las críticas de la Corte. Esta disparidad ha generado incertidumbre y decisiones judiciales contradictorias
Impacto y qué se viene
Si bien a partir del 27 de diciembre de 2024 las resoluciones laborales ya no van directamente a la Corte, deberán transitar por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, la decisión última seguirá en manos del Tribunal Supremo, que deberá fijar una postura en uno de sus próximos acuerdos plenarios
Esta definición es crucial: impactará en miles de juicios laborales, en los derechos de los trabajadores y en la previsibilidad para empleadores, especialmente pymes. Un fallo claro puede equilibrar el cálculo justo sin caer en montos abusivos.







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