La Ruta Nacional 50, que une a San Ramón de la Nueva Orán con Pichanal en el norte de Salta, se ha convertido en el escenario de un litigio judicial que va mucho más allá del asfalto y los baches. En juego no están solo obras inconclusas o tareas de mantenimiento aplazadas, sino el derecho de más de mil ciudadanos a circular con seguridad, el límite de las atribuciones del Poder Judicial y la responsabilidad efectiva del Estado en garantizar infraestructura básica.
El conflicto tuvo su punto de inflexión en abril, cuando el juez federal de Orán, Gustavo Montoya, hizo lugar a un amparo colectivo presentado por la Defensa Pública Oficial, y ordenó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) realizar obras urgentes en la ruta. La DNV apeló, pero esta semana, el fiscal federal Ricardo Toranzos se pronunció con claridad: rechazar la apelación y confirmar la sentencia.
El dictamen de Toranzos expone, con crudeza, una situación de deterioro sostenido y desidia estatal que afecta a miles de personas cada día. Según el relevamiento realizado por peritos de Gendarmería Nacional en enero de este año, la RN 50 presenta baches, grietas, banquinas destruidas, señalización tapada por la maleza y tramos directamente intransitables. El informe, que cubre más de 21 kilómetros entre Orán y Pichanal, fue acompañado por fotografías y coordenadas geolocalizadas.
“Reparaciones precarias y material inapropiado”
Una de las conclusiones más duras del fiscal es que las reparaciones realizadas por Vialidad Nacional fueron “provisorias, precarias e ineficientes”. Se utilizó premezclado en frío, un tipo de material que —según se documentó— se desintegró con las primeras lluvias.
La DNV argumentó que cumple con sus tareas “en la medida de sus posibilidades presupuestarias”, que no hubo omisión dolosa y que toda intervención se realizó dentro del marco legal. Incluso presentó documentación de tareas realizadas y gestiones para conseguir mezcla asfáltica caliente. Pero el fiscal fue contundente: los trabajos no garantizan la seguridad vial a largo plazo, y la propia necesidad de realizar nuevos parches apenas semanas después de ejecutarlos evidencia la ineficacia del método utilizado.
Una obra inconclusa desde hace 17 años
El caso también incluye otro símbolo de postergación: la obra de acceso a la localidad de Hipólito Yrigoyen, iniciada en 2008 y aún sin habilitar formalmente. Aunque el puente y las estructuras fueron finalizadas en marzo de este año y superaron la prueba de carga, todavía falta señalización adecuada y el traspaso del alumbrado a las municipalidades.
“El tiempo transcurrido evidencia que no estamos ante una situación transitoria o menor”, sostuvo Toranzos, que además recordó que el mismo tramo de ruta fue objeto de otro amparo en 2016. La diferencia es que ahora hay una pericia técnica exhaustiva, un reclamo ciudadano documentado con más de 1.300 firmas y una evidencia fotográfica incontrastable.
El dilema: ¿justicia vs. administración?
Uno de los principales argumentos de Vialidad para apelar el fallo fue que el juez se entrometió en tareas administrativas y presupuestarias que son propias del Poder Ejecutivo. El fiscal desarma esta defensa con una lectura constitucional: “La intervención judicial es legítima cuando están en juego derechos fundamentales como la vida, la integridad física y la libre circulación”, citando jurisprudencia de la Corte Suprema.
En otras palabras, el Poder Judicial no se está inmiscuyendo en la planificación de obras públicas por capricho, sino que está respondiendo a una omisión estatal que pone en riesgo derechos constitucionales.
La ruta de todos, el problema de nadie
El dictamen fiscal también destaca la falta de coordinación institucional. Por ejemplo, el traspaso del alumbrado a los municipios está trabado en trámites administrativos, sin fecha ni responsables definidos. La señalización dañada o ausente no depende de grandes presupuestos, pero continúa sin resolución.
“Transitar por la ruta basta para confirmar el deterioro. No hacen falta más pruebas técnicas para advertir que no se está cumpliendo con el deber mínimo de garantizar la seguridad vial”, sentenció el fiscal.
El caso ahora está en manos de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, que deberá decidir si confirma la sentencia de primera instancia. Sea cual sea el fallo, lo cierto es que la RN 50 ha dejado de ser solo un camino entre pueblos: es, hoy, un símbolo del abandono y la resistencia ciudadana.







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