La Justicia federal de San Martín dictó este jueves una medida cautelar que suspende la aplicación del decreto presidencial 461/2025, por el cual el Gobierno de Javier Milei había dispuesto la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). El fallo fue firmado por la jueza Martina Forns, quien hizo lugar a una presentación del sindicato SEVINA (Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional – Casa Central).
La decisión judicial representa un revés importante para el plan de reorganización del Estado que impulsa el Poder Ejecutivo, al considerar que el decreto vulnera principios constitucionales, garantías laborales básicas y marcos normativos vigentes.
La jueza Forns ordenó al Poder Ejecutivo abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo derivado del decreto, incluyendo traslados, reubicaciones, despidos, pases a disponibilidad o la eliminación de estructuras dentro de la Dirección Nacional de Vialidad. La suspensión tendrá una vigencia inicial de seis meses, en tanto se resuelve el fondo del amparo presentado por el gremio.
Entre los fundamentos del fallo, la magistrada sostuvo que el decreto presidencial colisiona con el principio de irrenunciabilidad de derechos laborales consagrado en la Ley de Contrato de Trabajo, al pretender que los empleados de Vialidad sean redistribuidos a discreción del Poder Ejecutivo y sin garantías claras de estabilidad o negociación colectiva.
“La subordinación de las decisiones relativas al personal a la Secretaría de Transformación del Estado vulnera la autonomía funcional del organismo y la estabilidad del personal”, afirma el escrito judicial.
Además, la jueza destacó que Vialidad Nacional es una entidad autárquica de derecho público creada por ley, cuya estructura y funcionamiento no pueden ser modificados únicamente por decreto sin intervención del Congreso. Esto refuerza el argumento sobre la posible inconstitucionalidad del procedimiento elegido por el Ejecutivo.
En su análisis, Forns sostuvo que se configura el llamado “peligro en la demora”, uno de los requisitos para dictar una medida cautelar. En este caso, el riesgo de perjuicio inminente a cientos de trabajadores ante la falta de precisiones sobre sus condiciones laborales tras la disolución de la DNV. La jueza señaló también que, al eliminar de hecho la vigencia de los convenios colectivos y regímenes especiales, se estaría avanzando sobre derechos colectivos protegidos por la Constitución y convenios internacionales.
Reacción del Gobierno y pasos legales
El Gobierno aún puede apelar la decisión ante la Cámara Federal de San Martín. De hacerlo, deberá argumentar que el decreto forma parte de un plan de reorganización administrativa justificado por la emergencia económica. Sin embargo, la resistencia judicial anticipa un camino complejo para avanzar con disoluciones o fusiones de organismos autárquicos sin aprobación legislativa.
Esta no es la primera vez que el Decreto 461 genera rechazo: desde su publicación, varios sindicatos, organizaciones técnicas y trabajadores viales denunciaron públicamente la medida por considerarla una maniobra para desmantelar áreas estratégicas del Estado y avanzar en privatizaciones encubiertas de infraestructura vial.
La suspensión del decreto se suma a una serie de medidas cautelares y fallos que, en los últimos meses, han puesto límites al avance del Ejecutivo sobre estructuras estatales consolidadas. Desde organismos científicos hasta instituciones educativas y sanitarias, los intentos de cierre, reestructuración o reducción de presupuesto han generado múltiples conflictos judiciales y sindicales.
En este caso, el fallo no sólo protege la fuente laboral de cientos de trabajadores, sino que también plantea interrogantes sobre los límites del uso del decreto presidencial como herramienta para modificar la arquitectura del Estado.







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