El fallo que condenó a Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por el intento de asesinato de Cristina Fernández de Kirchner no se limitó a reconstruir un hecho penal. Fue, ante todo, una advertencia institucional. La Justicia concluyó que el ataque del 1 de septiembre de 2022 no fue un episodio aislado ni producto de un arrebato individual, sino la consecuencia directa de un clima de violencia política y discursos de odio que habilitaron el paso del insulto a la acción.
En una sentencia de 544 páginas, los jueces Sabrina Namer, Adrián Grünberg e Ignacio Fornari afirmaron que el odio político operó como una “causal necesaria” del atentado. Sabag Montiel fue condenado a 10 años de prisión, pena que se unificó en 14 años por una condena previa, mientras que Brenda Uliarte recibió ocho años como partícipe necesaria.
La jueza Namer, autora del voto central, fue categórica: el ataque “no ocurrió en el vacío”. Según el tribunal, la construcción sistemática de un enemigo político a través de redes sociales y medios generó un escenario donde la eliminación física del adversario empezó a ser concebida como un acto legítimo, incluso heroico, por parte de los condenados.
Uno de los pasajes más incómodos del fallo interpela directamente a la sociedad. Namer advirtió que, pese a la evidencia fílmica, la confesión del autor material y la transmisión pública del juicio, una parte de los argentinos aún sostiene la teoría del “autoatentado”. Para el tribunal, esa negación no es ingenua: es una forma de evitar el reconocimiento de una realidad más perturbadora, la de una violencia política incubada a la vista de todos.
El fallo también trazó un límite conceptual relevante. Aunque reconoció la existencia de hostilidad hacia la víctima por su condición de mujer, descartó la figura de femicidio. Para los jueces, el móvil central fue el odio ideológico, no la violencia de género, y reducir el ataque exclusivamente a esta última dimensión implicaría desconocer la complejidad del fenómeno.
La sentencia amplió el análisis hacia el contexto social y político: la grieta, la lógica del enemigo, la cultura de la cancelación, la necesidad de reconocimiento y la radicalización en espacios digitales. En ese marco, el tribunal consideró probado el vínculo de los condenados con Revolución Federal, una agrupación de extrema derecha cuyas acciones y discursos violentos formaron parte del ecosistema simbólico que precedió al ataque.
Especial relevancia tuvo la referencia a declaraciones de Jonathan Morel, líder de ese grupo, quien días antes del atentado habló de infiltrarse entre militantes para “pasar a la historia”. El tribunal subrayó que el plan ejecutado por Sabag Montiel fue “casi calcado” de esa lógica, aun sin pruebas directas de que hubiera escuchado ese mensaje puntual.
El fallo insiste en un punto central: el disparo no salió, pero pudo haber salido. El arma estaba cargada, era apta y fue gatillada a centímetros de la cabeza de la entonces vicepresidenta. La diferencia entre un intento y un magnicidio consumado fue puramente circunstancial. Para la Justicia, como sociedad no alcanza con aferrarse a ese desenlace fortuito.
“La democracia es el único modelo capaz de regular el conflicto”, sostuvo Namer, al advertir que el respeto por el otro comienza a romperse cuando el discurso de odio se naturaliza como legitimación de la eliminación del que piensa distinto. Grünberg reforzó esa idea al señalar que, una vez que el otro es convertido en enemigo, la violencia deja de ser una posibilidad lejana.
La sentencia no busca clausurar el debate político, sino ponerle un marco. El mensaje es claro: cuando el odio se vuelve lenguaje cotidiano, el riesgo institucional es real. El intento de asesinato de Cristina Kirchner fue, para la Justicia, un llamado de atención histórico que excede a sus autores materiales y obliga a revisar responsabilidades más amplias.







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