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Un límite a la exposición digital: Prohíben a una madre subir fotos de su hijo

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En una resolución que marca un antes y un después en la discusión sobre derechos digitales de menores, la Justicia de Tucumán dictó una medida cautelar que prohíbe temporalmente a una madre publicar fotos de su hijo de 10 años en redes sociales. La decisión, tomada por la jueza María Josefina Rey Galindo, busca proteger la intimidad del niño ante un uso que, según denunció el padre, excedía lo familiar para entrar en el terreno de lo comercial.

La medida, que tendrá vigencia por 90 días, impide a la mujer subir o compartir cualquier tipo de contenido audiovisual del menor, ya sea de forma directa o a través de terceros. Esta prohibición no se limita solo a las publicaciones con fines promocionales: alcanza toda difusión pública o en plataformas digitales, sin importar su intención.

El padre del chico presentó la denuncia ante la Oficina de Gestión Asociada de Familia N° 1 del Centro Judicial de Monteros. Aseguró que su expareja utilizaba imágenes del hijo para promocionar un salón de fiestas infantiles, y también lo mostraba en un programa de streaming conducido por su hermana, tía del menor. Sostuvo que todo esto ocurría sin su consentimiento y sin la posibilidad de debatirlo como parte de la responsabilidad parental compartida.

Frente a esto, la jueza dio lugar a la cautelar con un argumento claro: la exposición digital puede vulnerar derechos fundamentales del niño, como su intimidad, su imagen y su seguridad. Rey Galindo también citó la necesidad de escuchar al menor involucrado y de evaluar si su exposición responde a su voluntad o a intereses ajenos.

“El proceso debe avanzar con cuidado. Hay que oír a la madre, pero también escuchar al niño y saber cómo vive él esta situación”, explicó la magistrada en diálogo con la prensa. A su vez, remarcó que la “prohibición es absoluta” en esta etapa, porque el objetivo central es evitar cualquier daño mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

La decisión judicial también convoca a los padres a una audiencia para definir compromisos comunes en el marco de la corresponsabilidad parental. La jueza subrayó que, aunque los chicos estén familiarizados con el entorno digital, eso no los convierte en conscientes de los riesgos. “Existen peligros reales en la exposición infantil. Los adultos tienen la responsabilidad de protegerlos, incluso de decisiones que podrían parecer inofensivas”, advirtió.

Este fallo abre una puerta importante en la agenda legal sobre infancia y redes sociales. ¿Hasta dónde puede un adulto decidir sobre la identidad digital de un menor? ¿Qué rol juega el consentimiento del niño en estas decisiones? ¿Y qué pasa cuando los progenitores no están de acuerdo?

Por ahora, la Justicia tucumana optó por aplicar el principio de precaución. Proteger primero, debatir después. En un contexto donde la imagen de los hijos se convierte cada vez más en recurso —afectivo, emocional o incluso económico— este caso interpela a padres, educadores y usuarios sobre los límites éticos del mundo digital. Y deja una certeza: los derechos de los chicos no pueden quedar a merced del algoritmo.

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