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Borrón fiscal: 8 de cada 10 causas por evasión quedan fuera del radar penal

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Sin estridencias, pero con efectos contundentes, la Ley de Inocencia Fiscal provocó un reordenamiento profundo —y polémico— en el fuero penal económico. El dato es tan frío como elocuente: el 81% de las causas por evasión en trámite quedó alcanzado por la nueva normativa. En términos concretos, 5445 expedientes dejaron de tener sustento penal tras la actualización de los montos mínimos para configurar delito.

La cifra, lejos de ser solo estadística, revela un fenómeno más complejo: durante años, el Estado investigó, procesó y destinó recursos a casos que hoy la propia legislación considera por debajo del umbral de punibilidad. Es decir, causas que, bajo los criterios actuales, no deberían haber sido judicializadas.

El lado no visible: una Justicia corriendo detrás de la inflación

El corazón del problema no está únicamente en la ley, sino en el contexto que la vuelve necesaria. Los montos del régimen penal tributario permanecían congelados desde 2017. En ese lapso, la inflación acumulada superó el 8500%. El resultado fue una distorsión extrema: cifras que en su momento representaban evasión significativa quedaron licuadas en términos reales.

La reforma corrigió ese desfase de manera abrupta. La evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones, mientras que la agravada saltó de $15 millones a $1000 millones. En paralelo, también se actualizaron los límites para otros delitos como la retención indebida de aportes y tributos.

Pero el efecto más profundo no está en los nuevos valores, sino en su aplicación retroactiva. Al tratarse de una ley penal más benigna, impacta directamente sobre causas en curso, obligando a su cierre o revisión.

Un sistema que gastó más en perseguir que en recuperar

Detrás de cada expediente hay tiempo, dinero y estructura estatal. Y ahí aparece otra arista incómoda: en muchos de los casos que ahora se caen, el costo de investigación y litigio habría superado el monto presuntamente evadido.

Esto deja al descubierto una falla estructural del sistema tributario argentino: la falta de actualización periódica convirtió al régimen penal en una herramienta ineficiente, que criminalizó incumplimientos que podrían haberse resuelto en sede administrativa.

El problema no es solo técnico. También impacta en la credibilidad institucional. Porque si hoy esos hechos no son delito, la pregunta inevitable es qué tan justificado estuvo el accionar previo del Estado.

Efecto dominó: sobreseimientos y causas emblemáticas bajo revisión

La aplicación de la ley ya genera un efecto cascada en tribunales. Jueces que actúan de oficio, defensas que solicitan el beneficio y fiscales que dejan de impulsar expedientes. El sistema empieza a vaciarse desde adentro.

Incluso causas de alto perfil comenzaron a verse alcanzadas por este nuevo esquema. Aunque en muchos casos persisten otras imputaciones —como lavado de activos—, el componente tributario pierde peso o directamente desaparece.

Entre la corrección técnica y la sensación de impunidad

El Gobierno sostiene que la reforma busca racionalizar el sistema y concentrar los recursos en delitos de mayor envergadura. Y, en términos técnicos, el argumento tiene sustento: perseguir penalmente montos bajos distorsiona la lógica del derecho tributario.

Sin embargo, el impacto social y político es más ambiguo. Para una parte de la opinión pública, el efecto inmediato es la caída masiva de causas, lo que puede leerse como una señal de impunidad.

Esa tensión es el verdadero núcleo del debate: dónde se traza la línea entre eficiencia judicial y tolerancia frente a la evasión.

Lo que viene: un sistema que intenta no volver a quedarse atrás

La reforma introduce un cambio clave hacia adelante: los umbrales se actualizarán por UVA a partir de 2027. La intención es evitar que la inflación vuelva a desnaturalizar el régimen.

Pero el daño —o la corrección, según la mirada— ya está hecho. Miles de causas quedaron en el camino y el sistema penal tributario enfrenta ahora el desafío de reconstruir su legitimidad.

En definitiva, más que una ley, se trata de un punto de inflexión. Porque no solo redefine qué es delito, sino que obliga a revisar cómo se persiguió durante años.

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