En SaltaTENDENCIA

Vittar: “Actualmente no hay homicidios en condiciones de ser juzgados en Juicio por Jurados”

0

A pesar de las especulaciones en los medios de comunicación sobre la posible aplicación del juicio por jurados en casos en curso, las autoridades judiciales se ha dejado en claro que, hasta el momento, no existe ninguna causa en condiciones de ser llevada a este mecanismo. La normativa vigente establece que solo los hechos ocurridos a partir de la sanción de la ley, en enero de este año, podrán ser sometidos a este proceso, lo que deja fuera a las investigaciones en curso sobre homicidios previos.

El Juez de Corte Fabián Vittar, destacó que la implementación del juicio por jurados no generará costos adicionales significativos. “No se nombrarán nuevos jueces, sino que intervendrán los actuales jueces de juicio, que ya se están capacitando. Los fiscales y defensores serán los mismos y las audiencias se realizarán en espacios ya existentes, adaptados para este nuevo sistema”, explicó.

El único gasto que podría surgir está relacionado con la compensación económica para los ciudadanos que sean seleccionados como jurados, ya que su participación es una carga pública. “Cada Poder Judicial define una compensación en función de los días que dure el juicio, que en promedio no supera los tres días. Además, se excluye toda prueba que no sea esencial para evitar audiencias innecesariamente extensas”, detalló e magistrado.

En cuanto a los plazos, si bien aún no hay casos listos para ser juzgados bajo esta modalidad, se avanza en la capacitación de jueces, fiscales y defensores para garantizar una correcta aplicación cuando se presenten situaciones que lo requieran. “Nos estamos preparando para cuando llegue el momento, pero es importante aclarar que actualmente no hay homicidios en espera de juicio por jurados”, enfatizó Vittar.

De esta manera, se desmienten las versiones que sugieren que algunas causas en investigación o pendientes podrían ser tratadas mediante este sistema. La ley es clara en este aspecto: solo los hechos ocurridos desde su promulgación podrán ser sometidos a un juicio por jurados, una instancia que en Salta aún no tiene casos concretos en agenda.

Entrevista completa al juez de Corte Fabián Vittar sobre la implementación del juicio por jurados en Salta

P: ¿Tienen alguna fecha para la implementación del juicio por jurados? Tengo entendido que actualmente están con capacitaciones.

Fabián Vittar: Así es, Marcela. Te agradezco el llamado porque en Salta, a partir de la sanción de la ley de juicio por jurados en enero, este nuevo sistema ya está completamente activado. Implica que los casos más graves de homicidio, aquellos que tienen pena de cadena perpetua, ya no serán juzgados por jueces técnicos, sino a través de un jurado popular.

Esta modalidad está presente en nuestra Constitución desde 1853 y ya fue implementada por más de 15 provincias, algunas desde hace una década. Finalmente, se concretó en Salta, lo que significa que ciudadanos comunes, seleccionados por sorteo, decidirán la culpabilidad o inocencia del imputado en estos casos. El jurado estará conformado por 12 miembros, 6 varones y 6 mujeres, elegidos entre personas de 18 a 70 años.

Actualmente, estamos en plena implementación. Desde la Corte, ya emitimos las acordadas necesarias para avanzar con el sorteo en el Tribunal Electoral, que determinará quiénes podrán ser jurados cuando se produzca un hecho. Inicialmente, se sortean 50 jurados y, luego, la defensa y la fiscalía tienen la posibilidad de recusarlos si consideran que no son imparciales por razones como tener una opinión previa sobre el caso, conocer a las partes o sostener ideologías que puedan influir en su decisión.

Como bien decís, estamos adecuando la infraestructura para el juicio por jurados, que es similar a la que se observa en algunas películas y series. En este sistema, la defensa y la fiscalía deben convencer al jurado, ya que el juez técnico no dicta la condena, solo aplica la pena. Para prepararnos, estamos llevando a cabo capacitaciones a través del EGIP y del Instituto de Estudios Penales de Argentina, con expertos en juicios por jurados. Esta formación se realiza en conjunto con el Ministerio Público Fiscal y está siendo un éxito. Contamos con jueces con experiencia de más de 10 años en la provincia de Buenos Aires, quienes están capacitando a nuestros jueces de tribunales de toda la provincia en la técnica y la práctica del juicio por jurados.

Desde enero, todos los delitos de esta naturaleza cometidos en Salta serán juzgados bajo esta modalidad. Así que, en cualquier momento, Marcela, si sos sorteada, podrás ser jurado, como cualquier otro ciudadano dentro de los parámetros establecidos.

P: Cuando menciona la posibilidad de excluir a un jurado, ¿quién puede hacerlo: el fiscal, la defensa o el Tribunal Electoral?

F.V.: Solo el fiscal o el defensor pueden solicitar la exclusión de un jurado. El procedimiento es el siguiente: se sortean 50 personas del padrón, quienes luego son entrevistadas por la defensa y la fiscalía. De estas, solo 16 son seleccionadas: 12 jurados titulares (6 varones y 6 mujeres) y 4 suplentes.

P: ¿Cuáles son los motivos para excluir a un jurado?

F.V.: Por ejemplo, si en la entrevista alguien dice: “Sí, yo sé que esa persona es culpable porque lo leí en el diario”. Para el fiscal, podría ser conveniente tenerlo en el jurado, pero la defensa verá que esa persona ya tiene un prejuicio sobre el caso y pedirá su exclusión. También se puede excluir a alguien que tenga una postura ideológica fuerte sobre ciertos delitos, como el femicidio, o si tiene una relación con la víctima o el acusado, lo que podría afectar su imparcialidad.

La defensa y la fiscalía utilizan técnicas para identificar estos sesgos y asegurar que el jurado final esté compuesto por personas imparciales.

P: Pensemos en un caso de lesbicidio, donde hay mucha carga ideológica. ¿Cómo se garantiza que no haya un jurado parcial?

F.V.: Es tarea del fiscal y del defensor advertirlo durante las entrevistas previas. Si uno de los dos promueve la exclusión de un jurado por sesgo, se lo excluye. Este proceso está reglamentado por ley y permite llegar a un grupo de 12 personas que ambas partes consideran imparciales.

P: ¿Cómo se detecta un sesgo si el jurado no lo manifiesta?

F.V.: A través de técnicas de interrogatorio. Aunque una persona oculte su ideología, las preguntas que le hacen la fiscalía y la defensa permiten detectar sesgos. Si surgen dudas sobre la imparcialidad de alguien, puede ser excluido. Además, de 50 candidatos se seleccionan solo 12, lo que da margen para filtrar a quienes no sean imparciales.

P: ¿Cuentan con asesores psicológicos para detectar estos sesgos?

F.V.: Los fiscales y defensores pueden contar con asesoramiento técnico, pero en la audiencia de selección solo intervienen ellos. En países con larga tradición en juicios por jurados, como Estados Unidos, hay especialistas en selección de jurados que asesoran a las partes.

P: El derecho es muy complejo y los ciudadanos no tienen conocimientos técnicos. ¿Cómo se aseguran de que puedan discernir en estos juicios?

F.V.: No se requieren conocimientos técnicos, porque el jurado solo debe escuchar la prueba y determinar si el imputado es culpable o no. La decisión se toma por mayoría de 10 sobre 12, lo que garantiza confiabilidad. En provincias donde ya funciona el sistema, como Mendoza, Córdoba y Chaco, los fallos de los jurados tienen alta legitimidad y son aceptados por la sociedad. El juicio por jurados es un proceso transparente y participativo. En Mendoza, por ejemplo, muchas personas se presentan voluntariamente en las oficinas de juicio por jurados porque quieren participar en la administración de justicia. En Salta, esta modalidad representará un gran avance en la democratización de la justicia penal.

P: ¿Es costosa la implementación?

V: No, no, no. Tiene características que, por suerte, en el Poder Judicial ya tenemos. Por ejemplo, no se nombran nuevos jueces. Los jueces que van a intervenir en el juicio por jurado son los actuales jueces de juicio. No va a haber jueces nuevos para juicio por jurado, que son los que se están capacitando. El lugar de las audiencias es el que ya tenemos en el Poder Judicial, en el local de juicio, y se van a acondicionar las salas contiguas. Los fiscales y defensores son los mismos. Lo único que puede generar algún gasto es que la obligación de ser jurado puede generarle a la persona alguna pérdida económica. Los poderes judiciales determinan una compensación relacionada con los días que dure el juicio por jurado. No hay juicios por jurado que superen, en promedio, tres días como máximo, porque en este proceso se excluye desde la audiencia de prueba inicial toda la evidencia que no sea relevante. Por ejemplo, si no hay duda de que la muerte se produjo por un disparo, no va un perito a confirmar que la causa de muerte fue el disparo. No se realizan pericias sobre el arma ni se convoca a testigos para describir cómo ocurrió el hecho. Lo que puede estar en discusión es, por ejemplo, si se trató de legítima defensa. En ese caso, la prueba se centra en eso. No se pierde tiempo en peritajes innecesarios. Es una carga pública para el jurado, y hay una compensación económica para quienes acrediten una pérdida económica derivada de su participación. Algunos tribunales establecen un porcentaje vinculado al salario mínimo vital y móvil para garantizar igualdad en la compensación.

P: ¿Están evaluando cuándo van a comenzar con esto?

V: No, nosotros estamos preparándonos para cuando llegue el caso. No tenemos ningún homicidio de esta naturaleza que esté esperando la constitución de un juicio por jurado para actuar.

P: Eso quería preguntar, porque se supone que es a partir de la ley, o sea, ¿casos anteriores no se pueden incluir?

V: No. Exacto. La ley prevé que solo se aplicará a los casos que se produzcan a partir de la entrada en vigor de la norma, que fue en enero. Si se produce un caso durante este año, estaremos preparados. Hay un proceso previo: el juicio por jurado es la etapa final de un proceso en el que primero se realiza una audiencia de imputación, donde el fiscal determina si un caso es, por ejemplo, un homicidio agravado por el vínculo o un femicidio, lo que conlleva la pena de cadena perpetua. Luego se desarrolla la primera audiencia, donde la teoría del caso se plantea y se define qué testigos serán necesarios. A lo largo del proceso se va depurando la información hasta llegar al juicio con jurado.

P: Pregunto porque algunos especulaban con que ciertos casos anteriores podrían juzgarse bajo este sistema.

V: Es importante aclarar que solo se aplicará a hechos ocurridos a partir de enero de este año y que aún están bajo investigación. Un homicidio o femicidio ocurrido en 2024 todavía está en esa etapa. Los legisladores determinaron que la ley sea aplicable únicamente a los casos que surjan tras su sanción.

P: Claro, así que todavía tienen tiempo para seguir preparándose.

V: Sí, y en eso estamos. Nos estamos capacitando como si mañana tuviéramos un juicio, formando a fiscales, defensores y jueces para que tengan la mayor experticia posible. Es un proceso nuevo para todos, y es clave que los jueces aprendan a guiar al jurado y que fiscales y defensores sepan cómo plantear su caso ante ciudadanos que no son técnicos en derecho.

Galíndez no puede ser candidato sin renunciar, maneja el presupuesto y los contratos de la Cámara de Diputados

Previous article

Operativo en el centro salteño: Más de 40 personas demoradas por contravenciones en la vía pública

Next article

You may also like

Comments

Comments are closed.

More in En Salta