El Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló hoy el fallo que absolvió tras un juicio oral a tres hombres por la muerte de la adolescente Lucía Pérez en octubre del 2016 en la ciudad de Mar del Plata, y ordenó que se realice un nuevo debate “con la premura que el caso amerita”.
En una resolución, la sala IV de Casación bonaerense anuló el veredicto del juicio que se realizó en 2018 en el que fueron absueltos por el Tribunal Oral 1 de Mar del Plata los imputados Matías Gabriel Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Alberto Maciel.
Los jueces de Casación cuestionaron en duros términos “expresiones subjetivas explicitadas en la sentencia, que aparecieron como prefijando conceptos en el razonamiento de los magistrados” y apuntaron: “No olvidemos que en esta instancia no se está juzgando a la víctima (como pareciera estar ocurriendo) sino a los eventuales victimarios”.
El juez Natiello habló de un “déficit de imparcialidad” de los jueces de tribunal marplatense que “se manifestó palmaria y expresamente -aunque obviamente no lo haya sido de manera intencional, por supuesto- en un preconcepto respecto de las actividades y hábitos de la víctima, y fue en base a ese ilegítimo argumento subjetivo en que se edificaron su posición o postura al respecto”.
Y también cuestionó que el fallo “inexplicablemente se enfoca a indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima,su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”. Además, afirmó que el fallo se fundó “en intolerables prejuicios y suposiciones basados en estereotipos de género”.
La sentencia de 2018 fue firmada por los integrantes del Tribunal Oral Nº1, Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale. Este último se jubiló el año pasado y desde ese momento su puesto se encuentra vacante.
La existencia o no de violencia de género y contra la mujer y, en ese contexto, de un abuso sexual fue la clave en la que se centró la controvertida sentencia que en 2018 dieron a conocer los jueces Gómez Urso, Viñas y Carnevale, quienes expusieron que “no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad”, que “todo fue perfectamente querido y consentido” y que “no ha existido ni violencia física, psicológica ni mucho menos cosificación“.
En otro tramo del fallo ahora anulado, los jueces plantearon: “Los imputados no serán absueltos por una cuestión de duda sobre lo que hicieron, sino porque la prueba ha ofrecido claridad en torno a la inexistencia de un abuso sexual con acceso carnal y de una responsabilidad (imputación) por la muerte de Lucía”.
Esas consideraciones, entre varias otras, para el juez de Casación Natiello presentan “concepciones sexistas inocultables” y por eso califica el fallo como “subjetivo y tendencioso, prejuicioso, parcial y discriminatorio”.







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