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Fallo en contra de Saeta: Para la Justicia el boleto estudiantil es un derecho, no un premio

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En una provincia donde estudiar ya implica una batalla diaria, un fallo judicial trajo alivio —y justicia— para miles de estudiantes universitarios. La jueza María Victoria Mosmann declaró inconstitucional la restricción que exigía aprobar al menos dos materias al año para mantener el boleto estudiantil gratuito en Salta.

La medida, impuesta por la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) a través de la resolución 13/24, había dejado fuera del sistema a miles de jóvenes de la Universidad Nacional de Salta (UNSa). La Justicia determinó que este filtro vulneraba derechos garantizados por ley y que el organismo se había extralimitado en sus funciones al imponerlo.

El fallo se originó en una acción de amparo colectivo presentada por la asociación Usuarios y Consumidores Unidos (UCU), que denunció que más de 22.000 estudiantes fueron afectados por la normativa. Según la jueza, el condicionamiento impuesto por la AMT restringía los términos amplios establecidos en la ley 8030, que regula el sistema de boleto gratuito en la provincia.

“La AMT se excedió en sus facultades de un modo que restringe derechos”, señala el fallo, que si bien no anuló toda la resolución, sí desmanteló el corazón del problema: la condición académica como filtro de acceso al beneficio.

Estudiar no es un lujo

Leonardo de Almeida, abogado de UCU, celebró el fallo aunque lamentó el daño ya causado: “Muchos estudiantes hicieron un esfuerzo extra para asistir a clases. Otros directamente abandonaron sus estudios por no poder pagar el colectivo. Esa barrera fue injusta e inconstitucional.”

El fallo, sostuvo, reconoce la autonomía universitaria y reafirma que la educación pública no puede quedar sujeta a condiciones impuestas desde fuera del ámbito académico.

La jueza exhortó a la AMT y a la UNSa a trabajar junto a los estudiantes en una nueva reglamentación que evite el uso indebido del pase, pero sin afectar derechos fundamentales. La participación estudiantil ya no es un gesto, es una garantía de justicia.

En paralelo, el fallo también reconoce los avances parciales que se dieron luego del conflicto, como la incorporación del concepto de “trayectoria académica activa” en la resolución 241/24, tras audiencias entre SAETA, la AMT y el Consejo Superior de la UNSa.

El daño que generó la resolución 13/24 no es solo jurídico, es social. Muchos de los estudiantes afectados no podrán recuperar los meses o años perdidos. Y la provincia, a largo plazo, verá el impacto en la formación de sus futuros profesionales.

“Estudiar no es un lujo, ni un privilegio. Es un derecho. Y el boleto gratuito es parte de ese derecho, no una recompensa condicionada”, concluyó De Almeida.

Este fallo no solo pone freno a una medida arbitraria. También marca un precedente: los derechos sociales no se negocian. Se respetan.

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