El dato distintivo del caso no es solo la gravedad de los delitos que se investigan, sino por qué uno de los principales imputados había sido beneficiado con el arresto domiciliario y cómo ese beneficio terminó derrumbándose por un incumplimiento flagrante. La decisión judicial expone tensiones, criterios y riesgos en el uso de medidas sustitutivas en causas complejas, atravesadas por narcotráfico y una muerte que aún se investiga.
La causa se originó en septiembre del año pasado, cuando una joven de 25 años fue trasladada en estado crítico al centro de salud de Villa Primavera por personas con las que se encontraba reunida. Días después, la mujer falleció. A partir de ese hecho, el Ministerio Público Fiscal dispuso una investigación integral para reconstruir qué ocurrió en las horas previas y cuál fue el rol del grupo que la rodeaba.
La pesquisa derivó en la imputación de seis hombres mayores de edad, acusados como coautores del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de tres o más personas en forma organizada, además de otros cargos específicos según la participación de cada uno.
Este martes, en el marco del Plan Piloto de Oralidad, se desarrolló una audiencia flexible y multipropósito convocada por la Oficina de Gestión Judicial (OfiJu). Allí, la fiscal penal de la Unidad de Femicidios, María Luján Sodero Calvet, representó al Ministerio Público Fiscal y se opuso al pedido de las defensas técnicas para revisar la prisión preventiva y conceder arrestos domiciliarios.
La fiscal fue categórica: se trata de hechos de extrema gravedad, con una investigación en curso que podría verse seriamente comprometida si se otorgan medidas menos restrictivas. El eje central, sin embargo, estuvo puesto en uno de los imputados.
Se trata de Nelson Arias, de 26 años, señalado como el principal miembro del grupo organizado. Arias está imputado por una batería de delitos: facilitación de estupefacientes a título gratuito, facilitación de lugar para el consumo, homicidio culposo, coacción y comercialización de estupefacientes agravada, todo en concurso real.
El punto clave del expediente es que Arias había sido beneficiado en enero con el arresto domiciliario, junto a otros dos imputados. Esa decisión fue adoptada por la jueza de Impugnación en feria, Virgina Solorzano, tras hacer lugar parcialmente a los recursos de apelación de las defensas, pese a la oposición del fiscal penal de Impugnación 3 en feria, Ramiro Ramos Ossorio.
¿Por qué se lo dejó en su casa?
El arresto domiciliario fue concedido como una medida sustitutiva de la prisión preventiva, una herramienta prevista por la ley, pero siempre condicionada al estricto cumplimiento de pautas. En este caso, esas condiciones eran claras: permanecer en el domicilio, con controles y sin contacto con el exterior que pudiera interferir en la causa.
Nada de eso ocurrió.
Durante la audiencia, la fiscal Sodero Calvet solicitó expresamente la revocación del beneficio, al informar que Arias fue sorprendido en flagrancia incumpliendo el arresto domiciliario. Estaba fuera de su vivienda, sin custodia ni dispositivo de monitoreo, e incluso intentó ocultar su identidad al momento de ser identificado.
Ese incumplimiento no fue un detalle menor ni una falta administrativa: para la acusación, constituyó la demostración concreta de que el imputado no respetó la confianza judicial depositada en él y que su libertad representaba un riesgo real para la investigación.
Tras escuchar a las partes, el juez de Garantías 2 del distrito Centro, Ignacio Colombo, resolvió rechazar los pedidos de las defensas, confirmar la prisión preventiva de los otros seis imputados y revocar el arresto domiciliario de Arias. La decisión incluyó la orden de detención inmediata, que se concretó mediante un allanamiento en su domicilio.
La detención fue realizada durante la tarde por personal de la Unidad de Investigación UFINAR, junto a efectivos de las unidades UEI, UDIS y UIC del CIF, y del GOPAR.
El expediente sigue abierto. La muerte de la joven, el funcionamiento del grupo dedicado al narcotráfico y las responsabilidades individuales continúan bajo investigación. Pero el mensaje judicial fue claro: el arresto domiciliario no es una concesión automática ni un beneficio intocable, y su incumplimiento tiene consecuencias inmediatas.
En una causa atravesada por drogas, organización criminal y una muerte que aún reclama respuestas, el episodio deja una pregunta incómoda pero necesaria: ¿por qué un imputado de semejante gravedad pudo disfrutar de un beneficio que no supo aprovechar ? La respuesta, por ahora, sigue pendiente.







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